100 DOSIS DE AMOR [66] [SAWABONA]

No es difícil rendirse a la poesía cuando el amor hizo ya presa en ti y te lleva como alfombra mágica por el universo de tus sueños. Una de las entradas de mi blog Curiosón se la dedico a Gamoneda, que le da vuelta a las palabras y te deja ya el amor en el detalle mínimo. Cuando la única aspiración es estar con ella y estar en paz. "Mi manera de amarte es sencilla: te aprieto a mí como si hubiera un poco de justicia en mi corazón y yo te la pudiese dar con el cuerpo. Cuando revuelvo tus cabellos algo hermoso se forma entre mis manos. Y casi no sé más. Yo sólo aspiro a estar contigo en paz y a estar en paz con un deber desconocido que a veces pesa también en mi corazón.

PREMIOS Y MENCIONES

Por iniciativa del diario digital NOTICIAS A TIEMPO, y en la categoría Arte, Cultura y Deportes, es premiada la pintora de Curiosón Paqui González del Castillo, en los premios anuales "Mujeres que dejan huella". El acto se celebró el 1 de mayo de 2026 en Peñaranda de Bracamonte (Salamanca).

Mujeres que dejan huella

Impuestos y Servicio Militar

  • La unidad contributiva era el as ó milena, porción de tierra que servía de base para imponer la cuota que el propietario debía satisfacer al Erario público. 


Algunos autores han creído que con la palabra "milena", se indicaba algo parecido a lo que modernamente se llama amillaramiento, y aun cuando carezcamos de datos para establecer de una manera cierta esta analogía, es presumible que la idea sea la misma. El tipo para señalar la cuota que debía satisfacerse por la riqueza inmueble, era, según unos, el 5 por 100, y según otros, el 10. Con el tiempo se permitió que las tierras adjudicadas primitivamente a los visigodos, pasaran a los hispano-romanos y viceversa, pero conservando su carácter, y estando, por tanto, libres de todo género de tributos las de los primeros, y no la de los segundos.

Impuestos y Servicio Militar_Historia-General-Derecho-Español Bajo la acción de Comes thesaurorum, había funcionarios especiales, Numerarios, encargados de la percepción de los impuestos. El importe de las multas que según más adelante diremos, era una de las penas que existían entre los visigodos, que iba a parar al Tesoro Público,
Al lado de estos impuestos, había entre los visigodos ciertas prestaciones personales, con carácter obligatorio, ya conocidas de nosotros desde época romana, como eran, principalmente, el servicio de alojamiento y bagajes y el de correo público.

El servicio militar entre los visigodos, era general y obligatorio. Tan en absoluto consignaban las leyes godas este precepto, que hasta los eclesiásticos se hallaban obligados a prestar el servicio militar, y sólo se exceptuaban de él los menores de 20 años y los enfermos.
No era el formar parte del ejército, entre los visigodos, sólo una carga, sino que revestía los caractéres de un honor, pues sólo se consideraba ciudadano libre a aquel que estaba en disposición de empuñar las armas, y de aquí que el pueblo hispano no formara nunca parte del ejército.

La organización del ejército descansaba en el sistema decimal. Los jefes, "Prepósitos de la hueste", recibían el nombre de milenarios, quingentenarios, centenarios y decuriones, según el número de soldados que mandases, si era mil, quinientos, ciento, o diez, respectivamente. A su frente se hallaba el Comen exercitum.

La convocatoria se hacía a son de cuerno, en caso de una necesidad imprevista. De no haber tal urgencia, lo hacía el monarca, colocándose edictos con su nombre, con su orden, en las capitales y poblaciones importantes de las provincias.

Los que tenían esclavos, debían llevar a la guerra la mitad de los que poseyesen. Los soldados no percibían sueldo alguno, pero mientras prestaban el servicio activo, les mantenía el Estado y a su conclusión recibían en premio por sus servicios tierras para que las cultivasen.

Ya en la época que examinamos, puede hablarse con alguna propiedad de relaciones internacionales, puesto que en ella comenzaron a dibujarse las nacionalidades en los diferentes reinos que surgieron sobre las ruinas del imperio romano.

Claro es que el derecho internacional, en el concepto y con el carácter que hoy tiene, no fue conocido de los visigodos, ni pudo serlo, porque no era dado que existieran las relaciones internacionales, basadas en los vínculos de fraternidad que deben de existir entre los hombres todos, hasta tanto que ese gran principio proclamado por el Cristianismo, produjera sus naturales consecuencias. Sin embargo, por lo que a nuestros propósitos importa, debemos consignar que las relaciones sostenidas por los visigodos con los demás pueblos, fueron, por lo común, belicosas, y no pacíficas.

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Historia General del Derecho Español



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