Alfred de Musset (1810-1857) Poeta francés.
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Sistema económico y penal germánico

Al establecerse sobre las distintas provincias que constituyeron el imperio romano, surgió el testamento, proclamándose la absoluta libertad de testar, cuyos inconvenientes trataron de corregir en España las leyes del "Fuero Juzgo". En cuanto a la contratación, eran bien escasas las instituciones de los germanos, y se comprende que así fuera, dadas las pocas necesidades que los mismos debían sentir, cual acontece en todo pueblo primitivo.


  Sistema económico y penal germánico_Historia-General-Derecho-Español

España visigoda VI


No conocían la compraventa, verificándose sólo las transacciones por medio de la permuta, si bien servían de elemento intermediario en ella, ciertos géneros que venían a hacer el papel de la moneda. Existía, pues, la principal base de la contratación, toda vez que se extendía la permuta a los objetos muebles, a los esclavos y a los ganados.

No había términos hábiles para que existiera el arrendamiento de tierras, puesto que no existía aún la propiedad inmueble, y mucho menos era posible que conocieran el de servicios, por lo reducido de sus necesidades. El préstamo se celebraba entre los germanos sin interés, y versaba sobre géneros. La prenda debieron conocerla, pero más bien que como garantía de otros actos, como medio de hacer efectivos los créditos. Por último, es también verosímil que conocieran el depósito, pues es natural que usaran de él, cuando al partir para la guerra, dejaban abandonadas sus casas. La base fundamental del sistema penal germánico, era la distinción de los delitos en públicos y privados. Públicos eran aquellos que afectaban a la sociedad toda, como los de traición, sedición, deserción, etc... y su castigo correspondiente a la sociedad entera. Se reputaban, por el contrario, privados, aquellos que afectaban a las personas o bienes de los particulares, y su castigo correspondía al mismo ofendido y a su familia.

Consecuencias de esta idea fundamental, eran la existencia de la venganza privada, de la compensación y la tarifación. Con efecto, si el castigo correspondía al ofendido y a su familia, claro es que pudo admitirse que éstos pudieran perdonar la ofensa recibida, mediante ciertos beneficios, un número dado de cabezas de ganados, por ejemplo, y andando el tiempo, y generalizándose tal costumbre, se comprende que la sociedad llegara a determinar la indemnización que había de seguir a cada delito. El procedimiento era breve, sencillo, sumario, y generalmente público, sin contener nada de aquel rigorismo propio de los romanos. En los delitos de carácter público, el caudillo juzgaba sumariamente al criminal, dictaba la sentencia y mandaba ejecutar la pena, que de ordinario era la de muerte, y que se imponía de varias formas. En los delitos privados, entendía el individuo perjudicado o su familia, y sólo cuando se trataba de hechos en que intervinieran diversas tribus, entendían los sacerdotes. En tales casos, las penas que solían imponerse, eran las de golpes, talión, mutilación, y entrega de cierto número de cabezas de ganado. El procedimiento hallábase circunscripto a los elementos rudimentarios del mismo, a la investigación del hecho, práctica de las pruebas y sentencia. Para los primeros actos, no había forma determinada alguna; pero en cuanto  la realización de la prueba, encontramos el germen de algo, que desarrollado convenientemente, dio margen con el tiempo, a las llamadas pruebas vulgares, que no son otra cosa, sino medios supersticiosos, o en los que se exige la intervención de la divinidad, de averiguar la certeza o inexactitud de un hecho. A pesar de lo que pudiera creerse, el tránsito de las pruebas racionales, o sea de aquellos medios lógicos que el hombre tiene a su disposición para investigar la verdad de los hechos, a los vulgares, es por todo extremo fácil y sencillo. Con efecto, un testigo puede declarar que estuvo presente en la realización del hecho que se persigue, y aunque al tiempo de cometerse éste, se hallaba el reo en sitio lejano de aquél donde se cometió; pues de aquí a sostener que el reo no pudo realizar el hecho, por ser una persona honrada, compréndase que no hay más que un paso. Éste era el carácter que tenía la prueba testifical entre los germanos. De ahí, al duelo, a la lucha personal, a las pruebas del agua fría, del agua caliente, del fuego, etc..., el tránsito es todavía más fácil y sencillo. Sin embargo, repetimos que sólo existía el gérmen de estas pruebas entre los germanos.

La sentencia venía a cerrar la breve serie de los procedimientos, salvo aquellos casos en los cuales podía apelarse al pueblo. He aquí, sumariamente expuesto, cundo a propósito de las costumbres de los germanos, debíamos indicar.

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Historia General del Derecho Español

SOBRE ESTA BITÁCORA

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Esta bitácora nace en noviembre de 2008 con el ánimo de divulgar historias curiosas y entretenidas. Son 18 años acudiendo diariamente a la llamada de amigos que vienen de todo el mundo. Con +9.108.500 visitas, un mapa del románico abierto a finales de 2023 que ya ha recibido +1.350.160 consultas y +6.000 artículos en nuestra hemeroteca, iniciamos una nueva andadura. Comparta, Comente, síganos por nuestros canales de Facebook y Wasap. Y disfrute. ¡Es gratis!

●●● De Vuelta a Casa
📒Julián González Prieto | Escritor | Escribe desde León

📒 Llegó el momento del viaje y en la fecha señalada cogimos el tren hasta Madrid, para unirnos al de los peregrinos a Roma. “Rafael” no se separó de mí ni un momento. Recuerdo que, bordeando la Costa Azul, llegamos a Ventimiglia en Italia y ocurrió algo inesperado cuando un carabinieri italiano al comprobar mi pasaporte me preguntó con cara extraña

El gitanillo Rafael



●●● Palencia en mis Recuerdos
📒 Alfonso Santamaría Diez | Castrojeriz (Burgos). Reside en Palencia

📒 Del 31 de agosto al 3 de octubre (2021), tuvo lugar una exposición en la Fundación Díaz Caneja, en recuerdo del gran pintor palentino Ángel Cuesta Calvo, que falleció el 18 de junio de 2020. Fue mi particular reencuentro con Ángel Cuesta, pintor a quien admiré, conocí y tuve la ocasión de conversar en varias ocasiones, con motivo de sus exposiciones, además de pertenecer al mismo barrio.

Ángel Cuesta, in Memoriam



●●● Autores de Nuestra Historia
📒 Beatriz Quintana Jato | Catedrática de Literatura

📒 Tal vez su prolongado exilio y el escaso apoyo de la crítica cuando regresó a España, se encargaron de que el éxito de público –que siempre lo acompañó- diese paso a un olvido paulatino y a una escasa valoración de su teatro. Alejandro Rodríguez Álvarez nació en Besullo (Asturias) el 23 de Marzo de 1903.

Alejandro Casona



●●● Memorias de Manolo Nestar (IX)
📒 Dacio Rodríguez Lesmes | Periodista | Hemeroteca Diario Palentino

📒No hay un torero en España que no sea amigo de Nestar. Desde Victoriano de la Serna, a los Bienvenidas, pasando por Domingo Ortega, hasta terminar en Arruza. Con Arruza intimó el mismo día que debutó el mejicano en la plaza de Santander. La cosa no pudo ser más pintoresca.

Manolo, Amigo de los toreros



●●● Mejor no comprender
📒 Fernando Martín Aduriz | Psicólogo | Alma del Ateneo de Palencia

📒Cuando caen en nuestras manos fotos de nuestros antepasados con ese color sepia de haber sido miradas mucho tiempo, uno no sabe muy bien si es el propietario o es un usufructuario. En realidad la pregunta es a quién pertenecen las fotos de nuestros familiares, de nuestros amigos, que ya no están.

Las fotos sepias



📒 EN PORTADA | RUTAS-SENDERISMO-TREKKING +545👀

Aldaola, San Adrián, Aizkorri, Fonda Urbía

📍 Parking Aldaola - ermita San Adrian - Pico Aizkorri (1.575 m)-  Fonda Urbia (1.134m)