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Pasajeros a Indias, 1503 - 1790 (IV)

  • Los flamencos, o los napolitanos, podían ser súbditos del Rey de España, pero no eran españoles "sensu stricto", y por tanto tenían vedado el paso al Nuevo Mundo, salvo que se naturalizasen, o mediante real cédula. Otro tanto debían hacer los extranjeros, como es obvio. En segundo lugar, debía demostrar no tener sangre de moros ni de judíos, ni haber sido penitenciado por la Inquisición.



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José María González-Cotera Guerra
Marzo, 2005


CAPÍTULO IV
La licencia de paso a Indias


El paso a los nuevos territorios, y la vuelta e España desde ellos, e incluso el tránsito entre territorios de Indias, fue objeto de regulación desde un principio. Era necesario un permiso para el embarque que en los primeros años se concedía sin dificultad, en que los únicos trámites consistían en el registro en el Libro de Pasajeros (1509-1701). Fernando el Católico promulgó una cédula, en 1511, por la que se permitía pasar a Indias a quienes quisieren sin ponerles impedimento alguno, con solo anotar sus nombres. Pronto la autorización se complicó notablemente; las noticias de los tesoros americanos produjeron una masiva salida de pasajeros; a ello se unía el deseo de impedir el paso de extranjeros y herejes. Nuevas disposiciones establecieron la obligación de abrir un expediente de información para la concesión de la licencia o despacho (1534). Este control obedecía a múltiples objetivos: unos económicos, otros políticos o religiosos. A decir verdad, estos últimos se confundían entre sí. El pasajero debía demostrar que era nacido en cualquiera de los reinos que componían la Corona de Castilla. El descubrimiento y la posterior conquista se hizo en nombre de Isabel, la reina de Castilla, lo que excluía a los subditos del rey de Aragón. Esta situación se mantuvo hasta la llegada de los Borbones, exactamente hasta la promulgación del decreto de Nueva Planta.

Con mayor razón los flamencos, o los napolitanos, podían ser súbditos del Rey de España, pero no eran españoles "sensu stricto", y por tanto tenían vedado el paso al Nuevo Mundo, salvo que se naturalizasen, o mediante real cédula. Otro tanto debían hacer los extranjeros, como es obvio. En segundo lugar, debía demostrar no tener sangre de moros ni de judíos, ni haber sido penitenciado por la Inquisición. Limpieza de sangre. Para ello, bien por la fe de bautismo firmada por el párroco del lugar de su naturaleza, legalizada por escribano y comprobada por otros dos o, mejor tres, bien mediante información suficiente, con testigos que juraban decir verdad, debía demostrar que tal condición la cumplían él, sus padres y sus abuelos. Este requisito alcanzaba incluso a los hidalgos o del estado noble, cuya limpieza de sangre, considerada como algo obvio, no les eximía de hacer la información. Debía ser soltero y, si no, tenía que presentar la autorización de su mujer, o bien llevarla consigo. Detrás de todos estos requisitos, por encima del prurito burocrático que aparenta, subyace una política muy precisa de emigración para repoblar unos territorios extensísimos, a los que se quería preservar de los supuestos males que aquejaban al suelo patrio. Estaba muy reciente la expulsión de los judíos y la conquista del último reino de Granada, para que estos hechos no pesaran en las mentes de los gobernantes de la época, en concreto del Consejo de Castilla, de quien dependían los asuntos de la conquista, hasta que se creara el de Indias.

Sin embargo, esta exigencia de limpieza de sangre subsiste durante todo el periodo estudiado, hasta el final de la Casa de la Contratación, yendo más allá de las motivaciones iniciales del principio del siglo XVI. Ello se debe sin duda al peso del Santo Oficio de la Inquisición en la política española, que impuso también la limpieza de sangre para el ingreso en los cuerpos de la administración civil y militar, hasta su desaparición, en el siglo XIX (1834).

La persistencia del expediente de limpieza de sangre y demás requisitos establecidos va más allá de las razones y motivaciones primigenias: entra dentro de lo subreal al perpetuarse fórmulas que tuvieron su origen en hechos acaecidos más de un siglo antes pero que se enquistaron en la rutina de los textos usados por escribanos y legistas.

Hubo que esperar al siglo XVIII para que estas fórmulas fueran desprendiéndose de adherencias, como poco, obsoletas. Por otra parte, al propiciar el paso de solteros a las nuevas tierras descubiertas, se favorecía el mestizaje, política que se contempló como muy conveniente para la difusión de la fe católica e integración de los nuevos territorios en el Imperio, por más que los matrimonios de españoles con indios estuvieran legalmente prohibidos, lo que nunca se cumplió, y que, vista desde la perspectiva actual, se adelantó cinco siglos, a pensamientos muy modernos, aunque, como es lógico, por motivaciones muy diferentes. No se vaya a pensar, sin embargo, que solamente pasaban solteros, o que se pusieran trabas a los casados. [3]

Con la exigencia de información de "libertad de persona" se pretendía defender los derechos de los cónyuges y de la prole. En realidad el control ejercido servía para regular la emigración que si bien era necesaria para el poblamiento de las nuevas tierras, suponía una sangría de la no muy numerosa población española. Por esta razón las mayores o menores facilidades fueron adoptándose y adaptándose a las necesidades de cada momento. La discriminación de que eran víctimas los conversos y los reconciliados por el Santo Oficio hay que encuadrarla en la política iniciada por Isabel la Católica que colocaba la unidad religiosa como elemento generador del Estado unitario que nacía en esos momentos; con la ayuda de la Inquisición se consolidó este principio hasta integrarse en el imaginario colectivo de manera tan eficaz que hicieron muy difíciles las posiciones críticas. Qué duda cabe que con criterios actuales se cometieron abusos y se conculcaron los derechos humanos.

Con el paso del tiempo se fueron relajando las restricciones fácticas al paso de los prohibidos, pero siempre mediante la lasitud en el cumplimiento de la normativa que nunca fue modificada en este punto. [2]  Sin embargo en paralelo se fueron suavizando las fórmulas que quedaron reducidas a "limpios de toda mala raza" o "no de los prohividos de passar à las Yndias". Es necesario señalar que esta discriminación, pese a las apariencias, no siempre contenía aspectos raciales sino más bien religiosos, aunque en su formulación se hablara explícitamente de raza de moros o de judios. Sin embargo frecuentemente se empleaban expresiones claramente racistas, cuando se añadía a los anteriores a mulatos, sarracenos o gitanos. Los costos de tan compleja tramitación que a veces se prolongaba por varios meses, exigía unos medios económicos que solamente muy pocos podían afrontar. Esta es una de las causas del predominio del estado noble, o de hijosdalgo, entre los pasajeros. Una forma de reducir estos costos era pasar como criado, o paje, según la edad,de algún dignatario,al que servían durante el viaje, y por un tiempo variable, una vez en Indias. Luego quedaba libre de elegir empleo o de emprender negocios por su cuenta, que en las dos primeras centurias del imperio, eran predominantemente mineros, mientras en el siglo XVIII serían comerciales y mercantiles.

___________

[3] Hemos encontrado un caso que por lo singular y temprano ponemos como ejemplo:
El mismo día que se daba despacho a Alonso de Ortega, natural de la villa de Potes, (18 de febrero de 1562) se hacía otro tanto con Antonio López Tundidor, natural de la villa de Moguer, con su mujer Beatriz López, natural de la villa de "Guelva", que llevan consigo a Diego, Isabel, Hernando, Maria y Elena, sus hijos y María López, hermana del dicho Antonio López, solteros.




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