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Código de Eurico o de Tolosa


La política seguida por los visigodos, respecto de los vencidos, dio origen a la formación de códigos diversos para una y otra raza, así como la ayor necesidad en que se encontraban los visigodos de leyes escritas que los hispanos, por carecer de ellas, en tanto que éstos tenían las de los códigos romanos anteriores a Justiniano, explica el por qué se dictó antes el Código de Eurico que el de Alarico.



No son grandes las noticias que tenemos acerca de la formación del primero de dichos cuerpos, ni de sus tendencias, habiendo sido desconocido su texto mismo hasta el presente siglo. De las escasas noticias que tenemos acerca del Código de Eurico, parece deducirse que, en efecto, este monarca fue el primero de los visigodos que dictó leyes para su pueblo, pues así lo expresa terminantemente San Isidoro de Sevilla.

Recibe el nombre de Código de Tolosa el cuerpo legal que examinamos, por haberse dado en la ciudad de este nombre a las autoridades encargadas de administrar justicia, las copias de él necesarias para que se atuviesen a sus preceptos, y su estudio es de verdadera importancia, porque puede considerarse como el verdadero origen del Fuero Juzgo.

No es el Código de Eurico un cuerpo legal inspirado única y exclusivamente en las antiguas costumbres de los germanos, sino que en su formación entró por mucho el derecho romano, cosa no extraña, después de todo,  pues era éste mucho más perfecto que el suyo, y por el trato y comunicación que habían sostenido, primero con los romanos y luego con los españoles, era natural que se inficionasen de sus preceptos.

En el presente siglo (XIX), se ha descubierto un fragmento compuesto de 46 párrafos incompletos del Código de Eurico. Parece ser que, cuando los monjes se vieron obligados a inutilizar manuscritos antiguos para aprovechar el pergamino, escribieron el "Tratado de varones ilustres", de San Jerónimo, sobre hojas que contenían parte del Codigo Teodosiano, el panegírico de un emperador romano, un comentario sobre Virgilio, y parte del Código de Eurico.


Matías Barrio y Mier (Verdeña, 1844 – Madrid, 1909)
De la serie, "Historia General del Derecho Español".


Es propiedad del Autor.
Queda hecho el depósito que marca la Ley.


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